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Cuando las empresas no disponen de una dimensión suficiente que les permita aprovechar el tamaño para obtener condiciones ventajosas en las compras de materias primas, servicios y productos elaborados (precios más bajos, mejores condiciones de pago, pedidos, etc.), pueden suscribir un acuerdo de cooperación con otras empresas, a través del cual comprarán conjuntamente.

Las Centrales de Compras garantizan la diversidad de formatos ya que permiten que las pequeñas y medianas empresas puedan competir al mismo nivel que las grandes empresas de distribución.

Su fórmula consiste en aunar esfuerzos consiguiendo economías de escala, tanto en el aprovisionamiento como en cualquier aspecto del negocio que se pueda optimizar de forma agrupada (acciones de marketing, formación, desarrollo de aplicaciones informáticas, …).

Se define una Central de Compra y de Servicios como:
Operador que, disponiendo de recursos económicos y personalidad jurídica propia, tiene por objetivo desarrollar actividades y prestar servicios a las empresas independientes que, con espíritu de cooperación, se han asociado a su organización mediante una reglamentación interna, para mejorar su posición competitiva en el mercado.

La finalidad principal de las CCS es mejorar la posición competitiva de sus asociados.

Elementos comunes de las CCS

De la definición expuesta se resaltan varias expresiones que representan los elementos comunes a todas las CCS. Dichos elementos son:
  • Ser un operador con recursos económicos propios: implica que la CCS debe disponer de una estructura mínima, es decir, un organigrama mínimo de personal así como un espacio físico y los recursos materiales necesarios y suficientes para prestar servicios con garantía de eficacia.
  • Ser un operador con personalidad jurídica propia: debe ser un ente capaz de asumir derechos y obligaciones.
  • Las CCS dirigen su actividad a un grupo de empresas independientes sea cual fuere la fórmula jurídica que adopte (Sociedad Limitada, Sociedad Anónima, Sociedad Cooperativa, etc.) siempre que estén legalmente constituidas y se rijan bajo derecho mercantil.
  • Con espíritu de cooperación: la asociación a una CCS es voluntaria e implica un compromiso de fidelidad hacia la CCS y hacia el resto de asociados. Este es el elemento clave, ya que implica que los componentes deben renunciar a cierta independencia para alinearse con el colectivo de empresarios asociados a la CCS.
  • Las relaciones de la CCS se establecen mediante una reglamentación interna: además de agregar la experiencia individual en el negocio los asociados deben construir vínculos operativos mediante fórmulas contractuales que regulen la relación entre la CCS y los miembros. Debe existir siempre un documento que establezca los derechos y obligaciones de cada asociado para con la CCS y defina los mecanismos de control de cumplimiento de dichos derechos y obligaciones.
  • La finalidad principal de las CCS es mejorar la posición competitiva de sus asociados a través de la obtención de economías de escala, funcionando con criterios empresariales y obteniendo resultados de explotación positivos.
Aunque en la definición no se explicita, se considera básico para ser CCS tener capacidad de negociación, de garantizar las transacciones, disponer de una oferta de actividades y servicios estructurada y mecanismos de comunicación con los asociados.

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